12. la función judicial
La función judicial es un poder deber que utiliza
el estado para
*dirimir conflictos intersubjetivos
*sancionar los delitos y todo tipo de conducta que
afecte la convivencia social y en algunos casos la función judicial sirve para
dar validez jurídica a ciertos actos propios de la vida civil y que no implican
controversia esta función judicial se cumple a través de procesos
INTERVOLENTES:
aquellos que se surten sin oposición de las partes
ADVERSUVOLENTES:
aquellos con carácter contencioso oposición entre las partes: demandante,
demandado
13. Características de la función judicial
a .permanente
b. general
c. exclusiva
d. definitiva
Permanente: la función judicial en la
práctica es un servicio público, los servicios públicos se caracterizan por ser
generales es decir son para toda persona.
General: porque se aplicara a
toda persona nacional o extranjera no se puede negar la prestación del servicio.
Exclusiva: porque es un derecho
potestativo del estado, esta velado a hacer justicia por su propia mano la ley
estatutaria de justicia señala cuales son los órganos de la función judicial:
Las cortes:*corte
constitucional
*Corte suprema de justicia
*Consejo superior de la judicatura
*Consejo de estado
Definitiva: una vez que el juez
profiere una sentencia y esta no es impugnada, esta sentencia quedara
debidamente ejecutoriada y en firme hace tránsito a cosa juzgada.
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