10. Principios fundamentales:
a.Igualdad procesal:
este principio obedece a la obediencia del derecho fundamental a la igualdad
sin importar su edad, raza, sexo, ideologías etc. El artículo 37 del código de
procedimiento civil establece los deberes del juez uno de ellos es garantizar a
las partes la igualdad dentro de un proceso.
Ejemplo los jueces están
posibilitados para dar un amparo de pobreza a las personas que no poseen los
recursos suficientes o también cuando no poseen recursos para asumir su defensa
designándoles un abogado de oficio.
b. principio de
publicidad: establece que para los sujetos de procesos no puede haber ni
existir actuaciones clandestinas deben
estar a su alcancé, evitando que estos se puedan ejecutar, y garantizándoles el
legítimo derecho a la defensa, en determinados asuntos como en materia penal
gozan de reserva, es decir que a estas
actuaciones, solo accede el sindicado el apoderado y el representante del
ministerio público.
Este principio cobra gran importancia en materia
probatoria, por eso cuando se controvierten las pruebas se hacen en una
audiencia bilateral, para que pueda presentarse contradicción. Siendo entonces
necesario citar a la parte contraria, los jueces están sometidos a las pruebas
decretadas para poder tomar decisiones de fondo, hay distintos tipos de pruebas
y hay que tener en cuenta que si no se aportan el proceso no puede ser
admitido.
Ejemplo cuando el proceso gira entorno a una
controversia del contrato de arrendamiento, es necesario anexar como prueba el
contrato de arrendamiento, o la declaración extraprocesal de dos testigos.
*tiene gran importancia para darle firmeza a las
actuaciones judiciales.
Ejemplo: las notificaciones solo
en la medida en que estas se notifiquen pueden quedar en firme, o en otros
casos a partir de ellas inicien a correr los términos, para que el afectado
pueda hacer uso de los medios o recursos de impugnación.
*hay que decir que pese a la importancia de este
principio no se puede llegar a menoscabar el derecho de la intimidad de las
personas.
c. principio de
preclusión: este principio es de vital importancia en la ley procesal, y de
cierta manera se constituye una sanción, castigo, descuido o negligencia, por
que consiste en la pérdida de oportunidad para actuar procesalmente.
Ejemplo: si una sentencia judicial
que ha sido notificada debidamente, no se impugna dentro del término ejecutivo,
el afectado pierde la oportunidad de hacerlo. Si el demandante al presentar la
demanda por escrito no solicita o aporta pruebas de vital importancia, para el
proceso precluye su oportunidad. De igual manera le puede ocurrir al demandado al
momento de contestar la demanda si no aporta las pruebas, pierde la
oportunidad.
d. sentencias judiciales no crean derechos solo
los declaran: le corresponde al legislador crear los derechos a través de
leyes y a los jueces les corresponde declararlos, imponerlos y reconocerlos y
en general hacerlos efectivos en particular y concreto.
Ejemplo: se
discrimina a alguien por su color de piel, se ejecuta una sentencia la cual
reconoce que todos somos iguales sin importar distinción alguna, esta sentencia
solo queda como un precedente
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